Baja laboral de autónomos en 2024: Todo lo que necesitas saber

La baja laboral de autónomos en España tiene sus particularidades en cuanto a la cotización, los requisitos, la cuantía de las prestaciones y el proceso de solicitud.

En este artículo, exploraremos en detalle la baja laboral de los trabajadores por cuenta propia en España y todas las particularidades que debes tener en cuenta si te enfrentas a una baja médica de larga duración u otras circunstancias similares.

Índice del artículo

¿Qué implica la baja laboral de autónomos?

La cobertura de la prestación económica por incapacidad temporal, tanto por contingencias comunes (accidente no laboral o enfermedad común) como por contingencias profesionales (accidente de trabajo o enfermedad profesional), es obligatoria para los autónomos. Estas cotizaciones están incluidas en su cuota mensual en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

Actualmente, la cotización por contingencias comunes es del 28,30% y del 1,30% por contingencias profesionales. Además, se suma un 0,10% por cotización de cese de actividad y formación profesional.

De esta manera, un autónomo cotiza un 30,6% de la base elegida. Si se elige la base de cotización mínima (960,6 €), la cuota a pagar sería de aproximadamente 294 €, a menos que se cuente con la tarifa plana.

Funcionamiento de la baja laboral de autónomos

Cuando un autónomo se encuentra de baja médica, deja de pagar la cuota del RETA a partir del día 61 de la baja, es decir, a partir del tercer mes. Durante los dos primeros meses, el autónomo continúa pagando su cuota mensual u por lo tanto, aún está obligado a cotizar.

A partir del tercer mes, la mutua, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) se encargan de pagar la cuota correspondiente del autónomo, dependiendo del caso.

Duración de la baja

Según la ley, un autónomo puede estar de baja médica durante un máximo de 18 meses si lo autoriza un médico. En caso contrario, el período de baja se limita a 12 meses.

Requisitos para acceder a la baja laboral de autónomos

En general, los requisitos para acceder al subsidio por incapacidad temporal son similares tanto para los autónomos como para los trabajadores afiliados al Régimen General.

Estos son algunos de los requisitos específicos para poder solicitar la baja médica como autónomo en el RETA:

  • Estar afiliado y dado de alta en la Seguridad Social.
  • Haber cotizado un mínimo de 180 días en los últimos cinco años, en caso de enfermedad común.
  • En el caso de que la baja sea consecuencia de un accidente, ya sea laboral o no, o una enfermedad profesional, no es necesario cumplir con un período mínimo de cotización si se está dado de alta en el RETA.

Además, existen ciertos requisitos específicos para los autónomos que no aplican a los trabajadores contratados, como los siguientes:

  • Completar un formulario oficial donde se informe sobre qué ocurrirá con la actividad que se estaba desarrollando durante la baja, ya sea si será gestionada por otra persona, si se cerrará temporal o definitivamente, entre otras opciones.
  • Estar al corriente en el pago de las cuotas correspondientes a la Seguridad Social.
  • Una vez concedida la baja médica remunerada, si se solicita, el trabajador autónomo está obligado a presentar semestralmente una declaración sobre la situación de su actividad. El plazo para presentar este documento es de 15 días a partir del inicio de la incapacidad temporal.

Cuantía de la baja laboral para autónomos

La cuantía de la baja para un autónomo se comparte con el Régimen General.

  • Durante la incapacidad temporal, se percibe el 60% de la base reguladora desde el cuarto día hasta el día 20 de la baja, inclusive.
  • A partir del día 21, el porcentaje aumenta al 75%.
  • Si la causa de la baja es un accidente laboral o una enfermedad profesional, se recibe el 75% desde el primer día.

La base reguladora utilizada es la base de cotización del mes anterior a la baja, que se divide entre 30 para obtener una base diaria. Esta base diaria se multiplica por 30 para obtener una mensualidad fija.

Procedimiento para solicitar la baja laboral de autónomos en España

Para solicitar la baja laboral como autónomo, debes realizar los siguientes pasos en un plazo de 15 días desde que dejaste de trabajar:

  • Accede a la página web de la Seguridad Social habilitada para la solicitud de incapacidad temporal.
  • Rellena los datos de la baja siguiendo el proceso paso a paso. Para esto, necesitarás:
    • DNI o NIE.
    • Comprobantes de pago de la cuota de autónomos de los últimos tres meses.
    • Parte de baja médica.
    • Declaración de situación de actividad.

Otros tipos de bajas para autónomos

Además de las bajas médicas, existen otros tipos de bajas a los que los autónomos pueden acceder:

  • Baja por nacimiento y cuidado del menor: Cuando se es padre o madre, ya sea de forma natural, mediante adopción o acogimiento familiar. Durante esta baja, se recibe el 100% de la base reguladora, calculada a partir de una media de los ingresos de los últimos 12 meses.
  • Baja por riesgo durante el embarazo o durante la lactancia natural: Se aplica cuando el desempeño de la actividad puede representar un riesgo para la madre embarazada o para el bebé que se alimenta con leche materna. En estas situaciones, también se tiene derecho al 100% de la base reguladora media del último año.
  • Baja por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave: en estos casos, también se tiene derecho al 100% de la base reguladora.

Incapacidad permanente para autónomos

Aunque no se trata estrictamente de una baja médica, los autónomos también pueden acceder a una pensión por incapacidad permanente si sufren limitaciones físicas o psíquicas crónicas y han agotado todas las opciones terapéuticas.

La única diferencia entre los autónomos y los empleados contratados en este aspecto es que los primeros no pueden obtener una incapacidad permanente parcial, mientras que sí pueden acceder a los otros grados de incapacidad. La incapacidad parcial no implica una pensión mensual, sino una indemnización.

Baja médica antes de afiliarse al RETA

Por último, cabe mencionar una situación particular que puede ocurrir. Imagina que tienes todo listo para iniciar tu carrera como autónomo, pero unos días antes de afiliarte al RETA, te das de baja médica sin estar afiliado a ningún régimen de la Seguridad Social en ese momento.

En este caso, la ley no ampara el derecho a recibir prestaciones económicas por la baja médica, ya que "un trabajador que ha sido dado de baja por enfermedad común o accidente no laboral, sin estar dado de alta en el RETA en ese momento y dándose de alta posteriormente en el mismo mes, no tiene derecho a recibir subsidio por incapacidad temporal".

Es importante que los autónomos estén familiarizados con estas cuestiones y cumplan con los requisitos correspondientes para garantizar una cobertura adecuada en caso de incapacidad temporal.

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Nauzet C. Rodríguez

Redactor de contenidos web & experto en temas legales relacionados con prestaciones, ayudas e inmigración.