Subsidio para mayores de 52 años: Requisitos y cuantía 2024

El subsidio para mayores de 52 años es una ayuda económica para desempleados. Para poder acceder a ella es importante cumplir con una serie de requisitos, los cuales te detallamos en este artículo.

Índice del artículo

¿Qué es el subsidio para mayores de 52 años?

El subsidio del SEPE para mayores de 52 años permite que las personas de esa edad que se encuentren en situación de desempleo reciban una ayuda mensual hasta que puedan jubilarse.

Hasta hace un tiempo, este pago solo se podía recibir a partir de los 55 años, por lo que esta prestación se denominaba "ayuda para mayores de 55 años". Actualmente se han realizado varias mejoras con respecto del subsidio anterior:

  1. La base mínima de cotización pasa del 100% al 125%.
  2. Se percibirá el 100% del subsidio, suprimiendo la parcialidad, tanto para nuevas solicitudes como para quienes ya lo están recibiendo.
  3. Se amplía el límite de edad, que pasará a ser la edad legal de jubilación. De esta forma, se tendrá la posibilidad de optar entre la jubilación anticipada o la edad legal de jubilación.

Requisitos para cobrar el subsidio para mayores de 52 años

Par poder percibir el subsidio, las personas interesadas deben cumplir una serie de requisitos:

  1. Estar desempleado.
  2. No ser trabajador fijo discontinuo.
  3. Estar inscrito como demandante de empleo durante un mes después de agotarse paro.
  4. No haber rechazado ofertas de trabajo o cursos durante dicho mes.
  5. Carecer de rentas superiores al 75% del SMI.
  6. Haber cumplido los 52 años.
  7. Reunir todos los requisitos para acceder a la jubilación, salvo la edad.
  8. Haber cotizado al menos 6 años a lo por desempleo.

Condiciones de la ayuda para mayores de 52 años

Además de cumplir con todos los requisitos mencionados, debes cumplir con alguna de las siguientes condiciones:

  1. Haber agotado la prestación contributiva o el subsidio por desempleo.
  2. Haber retornado a España después de trabajar al menos 12 meses en los últimos seis años en países no pertenecientes a la Unión Europea, al Espacio Económico Europeo o Suiza y no tener derecho a prestación contributiva.
  3. Haber salido de prisión tras una condena de al menos 6 meses y no tener derecho a prestación contributiva por desempleo.
  4. Haber perdido la pensión de incapacidad permanente al ser declarado plenamente capaz o con incapacidad parcial.
  5. Estar en situación legal de desempleo y no tener derecho al subsidio por insuficiencia de cotización.

¿Cuánto es el subsidio para mayores de 52 años?

La cuantía a percibir por el subsidio para mayores de 52 años será igual al 80% del IPREM, actualmente 463,21 mensuales.

Además, el SEPE o el ISM, según corresponda, abonarán las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a la jubilación. Éstas corresponderán al 125% del tope mínimo de cotización vigente en cada momento.

Las ayudas para mayores de 52 años se pagarán en cuotas mensuales entre los días 10 y 15 de cada mes siguiente a su devengo y se ingresará en la cuenta bancaria facilitada.

¿Cómo solicitar el subsidio para mayores de 52 años?

Si cumples todos los requisitos para poder optar a la ayuda, lo único que tienes que hacer es empezar a solicitarla cuanto antes. La administración de esta ayuda la realiza el SEPE y puedes acceder de diferentes maneras:

Documentación necesaria

Para poder tramitar tu solicitud, el SEPE requerirá que adjuntes determinados documentos que acrediten la información que has facilitado. Si realiza su solicitud por internet, la documentación debe estar en formato PDF:

  1. Formulario de solicitud que podrás descargar en este enlace.
  2. DNI, NIE, TIE y pasaporte o certificado de registro de ciudadano de la UE.
  3. Documento que refleje el número de cuenta donde se quiera recibir la prestación y de la que debe ser titular.
  4. Justificante de ingresos, en el caso de que el SEPE lo solicite.

¿Cómo saber si me han aceptado la ayuda para mayoresde 52 años?

Para saber si se ha aprobado el subsidio para mayores de 52 años, deberás revisar tu expediente través de la Sede Electrónica del SEPE. Tanto si se aprueba como si se deniega la solicitud, el SEPE enviará por correo electrónico la solución por correo postal.

Si la solicitud es denegada, puedes presentar una reclamación por la vía administrativa para recurrir la resolución del SEPE. Para hacerlo, dispondrás de 30 días hábiles desde la fecha en que recibas la notificación del SEPE.

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Nauzet C. Rodríguez

Redactor de contenidos web & experto en temas legales relacionados con prestaciones, ayudas e inmigración.