Ayudas para empleadas del hogar 2024

Las empleadas del hogar son mayoritariamente mujeres que antes de la aprobación del Real Decreto-ley 16/2022, de 6 de septiembre, no disfrutaban de derechos laborales y ayudas equiparables a los del resto de trabajadores por cuenta ajena.

Sin embargo, con la nueva normativa, se han regulado aspectos como el derecho al paro, el acceso a la cobertura del Fogasa y la mejora en la protección frente al despido, equiparándose las condiciones de trabajo y de Seguridad Social al resto de trabajadores.

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Cotización y derecho al paro

Desde el 1 de octubre de 2022, la cotización por desempleo y al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) es obligatoria tanto para los empleadores como para las trabajadoras del hogar.

De esta forma, las trabajadoras del hogar tendrán derecho al paro si han cotizado a desempleo, al menos, 360 días. Además, también tendrán derecho a los subsidios asistenciales si se cumplen los requisitos previstos en ellos.

Ayudas para empleadas del hogar disponibles

No hay ninguna ayuda específica para las empleadas de hogar, pero en función de su situación laboral y familiar, estas son las opciones:

Subsidio por insuficiencia de cotización

En caso de que la trabajadora haya trabajado menos de un año, puede acceder al subsidio por insuficiencia de cotización. La duración del subsidio dependerá de los meses cotizados y de si existen o no responsabilidades familiares.

  • Si hay responsabilidades familiares, el subsidio durará 3, 4 o 5 meses.
  • Si ha cotizado, 3, 4 o 5 meses respectivamente.
  • Si se ha cotizado durante 6 meses o más, 21 meses

La cuantía mensual del subsidio por desempleo es igual al 80% del indicador público de rentas de efectos múltiples (IPREM), que en 2023 supone 480 euros al mes. Las cotizaciones acumuladas se consumen al cobrar esta ayuda, pero se cobra el subsidio durante algunos meses.

Subsidio para mayores de 45 años

El Subsidio para mayores de 45 es una ayuda de 480 euros al mes para personas que cumplan los siguientes requisitos:

  • Ser desempleadas de larga duración.
  • Hayan agotado la prestación contributiva.
  • No consigan empleo debido a su dificultad para acceder al mercado laboral.
  • No deben tener responsabilidades familiares a su cargo.
  • No deben ingresar más del 75% del SMI (750 euros de ingresos mensuales).

En caso de tener responsabilidades familiares, tendrían que solicitar el Subsidio de Ayuda Familiar.

Subsidio de Ayuda Familiar

La ayuda familiar es un subsidio por desempleo con responsabilidades familiares que se concede cuando se agota la prestación contributiva. En este concepto entra también el cónyuge, en el caso de que dependa económicamente de la persona que pida el subsidio. Los hijos a cargo deben tener menos de 26 años.

La duración varía en función de la edad y el tiempo durante el que se percibió la prensión contributiva.

  • Si es menor de 45 años y ha agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses: 24 meses.
  • Si es mayor de 45 años y ha agotado una prestación contributiva de 4 meses: 24 meses.
  • Si es mayor de 45 años y ha agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses: 30 meses.

Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED),

El SED es una ayuda mensual de 451 euros que se concede durante un máximo de 9 meses y que no cotiza a la Seguridad Social. Esta ayuda está destinada a personas que se han quedado sin trabajo y no tienen derecho a ninguna otra prestación.

En este caso, las empleadas de hogar pueden acceder a esta ayuda siempre y cuando cumplan con los siguientes requisitos:

  • Haber estado dado de alta como demandante de empleo desde el 1 de marzo de 2020.
  • Haber agotado cualquier otra prestación o subsidio por desempleo.
  • No tener derecho a ninguna otra ayuda o prestación por desempleo.
  • Haber perdido el trabajo a causa del COVID-19 o haber visto reducida su jornada laboral al menos en un 40%.
  • Haber estado afiliado y dado de alta en la Seguridad Social durante al menos 30 días en los últimos 12 meses

Prestación no contributiva de jubilación

En el caso de que la persona trabajadora haya cumplido la edad de jubilación (actualmente, 66 años y 11 meses) y no tenga suficientes cotizaciones para acceder a la pensión de jubilación, podría solicitar la prestación no contributiva de jubilación.

Consiste en una ayuda económica para aquellas personas que carecen de recursos económicos suficientes. En 2023, la cuantía de esta prestación es de 6.456 euros al año, que se abonan en 14 pagas mensuales.

Ayudas de las Comunidades Autónomas

Además de las ayudas mencionadas, existen ayudas específicas para empleadas del hogar en algunas Comunidades Autónomas.

Por ejemplo, en la Comunidad de Madrid existe una ayuda para la conciliación de la vida laboral y familiar que incluye a las personas trabajadoras del hogar. En Andalucía, se ha aprobado recientemente una ayuda para el mantenimiento del empleo en el sector del hogar, que incluye una subvención de hasta el 50% del salario mínimo interprofesional durante un máximo de 12 meses.

Otras ayudas para desempleados

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Nauzet C. Rodríguez

Redactor de contenidos web & experto en temas legales relacionados con prestaciones, ayudas e inmigración.