Paro para autónomos: Solicitud por cese de actividad en 2024

Los trabajadores autónomos también tienen derecho a cobrar el paro, lo que oficialmente se conocen como prestación por cese de actividad. En este artículo conocerás los requisitos necesarios, cómo solicitarlo y que cuantía te corresponde.

Índice del artículo

¿Qué es el paro para autónomos?

El paro para autónomos, o lo que oficialmente se conoce como prestación por cese de actividad, es la ayuda por desempleo para los trabajadores por cuenta propia. Aunque la prestación es la misma que para los trabajadores por cuenta ajena, los requisitos no son los mismos.

Duración

La duración de la prestación por cese de actividad depende del tiempo cotizado. Para acceder al paro, necesitas un mínimo de 12 meses cotizados consecutivos. Si se cotiza más tiempo, irán aumentando los meses de prestación.

El período de cotización está determinado por unos parámetros. Aquí hay una tabla basada en el número de meses cotizados:

Meses cotizadosMeses de paro
De 12 a 174 meses
De 18 a 236 meses
De 24 a 298 meses
De 30 a 3510 meses
De 36 a 4212 meses
De 43 a 4716 meses
48 o más24 meses

Cuantía

Para saber lo que se cobrará durante el disfrute de la prestación por cese de actividad, tienes que calcular el promedio de las bases por las que has cotizado en los últimos 12 meses anteriores al cese, y aplicarle el 70%. No obstante, existe un importe mínimo y máximo establecido:

  • Importe mínimo:
  • Importe máximo:
    • Sin hijos a cargo: 988,58 € al mes.
    • Con 1 hijo a cargo: hasta 1.129,8 € al mes.
    • Con 2 o más hijos: 1.271,02 € al mes.

Si quieres montar un negocio y aprovechar la prestación por cese de actividad para ello, puedes capitalizar el paro en un pago único.

Requisitos para solicitar el paro para autónomos

Como trabajador por cuenta propia, debes cumplir una serie de requisitos para poder recibir los beneficios del cese de actividad:

  1. Estar afiliado y dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
  2. Haber cotizado los últimos 12 meses por cese de actividad, como mínimo.
  3. Estar al corriente de pago de las cuotas de autónomo.
  4. Suscribir el compromiso de actividad y búsqueda activa de empleo, formando parte de las actividades laborales que se te soliciten.
  5. No haber perdido la licencia de actividad por causas penales.
  6. No haber cumplido la edad mínima de jubilación. 

Cumpliendo estos requisitos, tienes derecho a acceder al paro para autónomos, aunque el hecho de que puedas solicitarlo no significa que lo recibirás. Para ello, deberás justificar que el cese de actividad fue por causas involuntarias.

¿Cómo solicitar el paro para autónomos?

El proceso para que los autónomos soliciten la prestación por cese de actividad difiere del de los trabajadores por cuenta ajena. Como hemos mencionado, para poder cobrar el paro de autónomos es necesario el "cese de la actividad" y justificar los motivos.

Para tramitar la solicitud, tendrás que ponerte en contacto con alguno de los siguientes organismos:

  • En la mutua con la que tienes cubierta la contingencia por cese de actividad.
  • En el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) si el cese de actividad esté cubierta por el Instituo Nacional de la Seguridad Social (INSS).
  • En el Instituto Social de la Marina, si la cobertura está concertada con este.

Debes presentar la solicitud a más tardar el último día del mes siguiente al mes del cese de actividad. Una vez solicitado, pueden pedirte que envíes más información dentro de los siguientes 10 días hábiles.

Una vez presentada la solicitud, te informarán si es elegible para los beneficios de desempleo y la cuantía que te corresponde en un máximo de 30 días hábiles.

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Nauzet C. Rodríguez

Redactor de contenidos web & experto en temas legales relacionados con prestaciones, ayudas e inmigración.